Artículo 51º: Los estudiantes de la Institución Educativa “Alipio Rosales Camacho”, está constituido por niños (as), adolescentes, que buscan en esta institución una formación integral con aprendizajes de calidad mediante el enfoque por competencias.
Artículo 52º: Son derechos de los estudiantes de la Institución Educativa “Alipio Rosales Camacho” los siguientes:
a) Recibir una formación integral dentro de un ambiente de seguridad moral y física.
b) Recibir educación de calidad acorde con los adelantos de la ciencia y tecnología.
c) Recibir orientación profesional y/o ocupacional.
d) Poder utilizar en beneficio de su formación integral las instalaciones, servicios y materiales que ofrece la institución.
e) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus obligaciones y deberes.
f) Ser evaluados teniendo en cuenta su diversidad.
g) Elegir y ser elegidos como representantes de sus compañeros.
h) Expresar libremente, en forma alturada y digna sus ideas, convicciones, problemas y necesidades ante las autoridades de la Institución Educativa.
i) Presentar sus quejas e inquietudes a la respectiva autoridad en forma respetuosa.
Artículo 53º: Son deberes del educando, según RV N°0022-2007-ED “normas para el fortalecimiento de convivencia y la disciplina escolar
a) Respetar a sus compañeros de aula y de la Institución Educativa.
b) Manifestar respeto permanente por los profesores, padres de familia, personal auxiliar, de servicio y a toda persona con la que interactúen.
c) Respetar las diversas creencias religiosas, condición económica, social y étnico cultural de los miembros de la comunidad educativa.
d) Saludar respetuosamente a las personas dentro y fuera de la Institución Educativa o Programa.
e) Cumplir puntualmente el horario de ingreso, recreo y salida.
f) Acudir a la Institución Educativa o Programa cuidando de su presentación y aseo personal y con vestimenta apropiada para el trabajo escolar.
g) Expresarse con un lenguaje amable, respetuoso, sin uso de expresiones grotescas.
h) Solicitar sus pedidos respetuosamente para aquellas acciones que requieran autorización por parte del docente.
i) Apoyar el proceso de inclusión de sus compañeros con necesidades educativas especiales.
j) Velar por el cuidado y limpieza de las instalaciones y patrimonio de la Institución Educativa o Programa.
k) Participar en la elaboración de normas de convivencia en el aula y los respectivos reglamentos de disciplina y uso adecuado del tiempo.
l) Responsabilizarse del cuidado y/o pérdidas de sus pertenencias
FALTAS, SANCIONES Y ESTIMULOS
Artículo 54º: Las faltas que los estudiantes cometen en la Institución Educativa se catalogan en dos tipo: faltas leves moderadas y graves. según RV N°0022-2007-ED “normas para el fortalecimiento de convivencia y la disciplina escolar
Artículo 55º: Se consideran faltas leves las siguientes:
a) Presentación personal inadecuada.
b) Ingresar al salón fuera del horario establecido.
c) Salir del aula sin autorización del profesor o profesora.
d) Comer o masticar chicle en clase.
e) No guardar disciplina en las formaciones generales o para ingresar al salón.
f) No devolver firmadas las citaciones, boletas de notas y cuaderno de control.
g) Interrumpir el desarrollo de las sesiones de aprendizaje jugando o molestando a sus compañeros.
h) Utilizar un vocabulario obsceno
i) No asistir a las actividades deportivas, culturales, cívicas o artísticas.
j) Hacer uso inadecuado del celular durante el desarrollo de la sesión de aprendizaje.
Artículo 56º: Son faltas graves las siguientes:
a) No cumplir con las normas de convivencia planteadas al inicio del año.
b) Molestar a sus compañeros con insultos, burlas o bromas pesadas.
c) Salir de la institución educativa sin previa autorización y justificación.
d) No ingresar a la institución, habiendo salido de su domicilio con ese destino.
e) Realizar cualquier tipo de sustracción, refrigerios, útiles, objetos, dinero, trabajos, etc.
f) Portar objetos pulso cortante en el aula, los que pueden atentar contra la integridad de los demás estudiantes.
g) Malograr chapas o candados, armarios, sillas, mesas, llaves de agua, sanitarios, etc.
h) Faltar el respeto a la autoridad, profesor, auxiliar, vigilante, padre de familia y otras personas que visitan la institución.
i) Falsificar firmas de los padres y/o alterar notas o evaluaciones, autorizaciones, etc.
j) Utilizar el nombre de la Institución Educativa en actividades o acciones no autorizadas por la Dirección.
Artículo 57º.- De los procedimientos y medidas correctivas (DS N°010-2012 que aprueba el reglamento de Ley 29719 Antibullying) se debe respetar los derechos de las y los estudiantes, en el marco de la convivencia de los derechos del niño y del adolescente.
a) Cualquier integrante de la comunidad educativa debe informar oportunamente bajo responsabilidad, al director de los casos de violencia y acoso entre estudiantes. La presente acción no exime de recurrir a otras autoridades de ser necesario.
b) El director y el equipo responsable de convivencia democrática, adoptarán inmediatamente las medicadas necesarias para detener los acosos de violencia entre estudiantes y docentes - estudiantes.
c) El director con el equipo responsable de la CD, convocará, luego de reportado el hecho, a los padres de familia o apoderados de los estudiantes víctimas, agresores y espectadores, para informarles lo ocurrido y adoptar las medidas de protección y de corrección. Estás medidas incluyen el apoyo pedagógico y el soporte emocional a las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores.
d) Los padres de familia o apoderados de las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores asumirán responsablemente compromisos para contribuir a la Convivencia Democrática en la I.E.
e) El director de la I.E, en coordinación con los padres de familia o apoderaros, derivará a las o los estudiantes que requieran una atención especializada al psicólogo de la institución y a los establecimientos de salud, DEMUNA y otras instituciones que salvaguarden el bienestar de los estudiantes.
f) El equipo responsable de la convivencia Democrática realizará el seguimiento de las medidas de protección, las medidas correctivas y los compromisos adoptados por los padres de familia y las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores.
g) El equipo responsable de la convivencia democrática, en coordinación con el director, acompañarán a las familias de las y los estudiantes víctimas y agresores solicitando informe a las instituciones que participen en la atención especializada.
Artículo 58º Criterios aplicables a las medidas correctivas: (DS N°010-2012 que aprueba el reglamento de Ley 29719 Antibullying) Toda medida correctivas dirigidas a los estudiantes deben ser:
a) Claras y oportunas
b) Reparadoras y formativas
c) Respetuosas de la etapa de desarrollo de las y los estudiantes
d) No deben afectar el desarrollo pedagógico.
e) Respetuosas de la integridad física, psíquica y moral de las y los estudiantes.
f) Proporcionales a la falta cometida.
g) Adaptables a las condiciones y necesidades de las y los estudiantes.
h) Respetuosas de los derechos de los y las estudiantes y los derechos humanos.
i) Consistente, equitativas e imparciales que no dependan del estado emocional de quienes apliquen las medidas correctivas.
Artículo 59º los estímulos tendrán un carácter ejemplificador, destacando los comportamientos y actitudes positivas de los estudiantes. (RVM N° 002-2007-ED numeral 6.1.6)
a) Felicitación verbal y/o escrita del docente.’
b) Felicitación escrita del Sub-Director.
c) Felicitación escrita del Director.
d) Premios, becas u otras ofrecidas por la Dirección, la APAFA u otras Instituciones de apoyo.
Artículo 60º las sanciones deben ayudar a desarrollar la toma de conciencia por la falta cometida (RVM N° 002-2007-ED numeral 6.1.6) las Sanciones y procedimiento de las faltas graves son:
a) Se citara a los padres o apoderado para que en presencia del alumno, firme un acta de compromiso escrita por triplicado uno para el padre, uno para el docente y otro para elevarlo a la Dirección. lo cual tendrá un carácter preventivo.
b) Anotación de la falta en el libro de registro de incidencia sobre violencia y acoso entre estudiantes (artículo 6º ley Nº29719)
c) La sanción puede consistir en un trabajo comunitario, arreglo de lo que se haya deteriorado, suspensión de recreo, otros que no atente contra su integridad.
d) Aquellos alumnos que presentan actas de compromiso y hacen caso omiso de ellas, la institución irá acumulando sus antecedentes positivos y negativos a fin de ser evaluados a fin de cada bimestre.
e) En el caso de hacer mal uso del celular se le suspenderá tres días por primera vez, por segunda vez una semana y por tercera vez se le prohibirá traer el celular y se le solicitará la presencia del padre, madre y apoderado con una multa de 20.00 nuevos soles.